lunes, 23 de marzo de 2015

Tarea para 7mo

Mira los vídeos y responde las siguientes preguntas:








1.    ¿Qué significa DEMOCRACIA?

2.    ¿Qué caracteriza al modelo democrático ateniense?

3.    ¿Qué derechos y deberes les corresponden a los ciudadanos?


4.    ¿Qué tipo de medidas o decisiones tomaba la asamblea?

5.    ¿Por qué se dice que la democracia ateniense es directa?

6.    ¿Quiénes no eran considerados ciudadanos?


si deseas complementar y tus respuestas puedes ver el siguiente vídeo:
    www.youtube.com/watch?v=Z1xgrhT-3E0 

viernes, 20 de marzo de 2015

para 6to "B" -Innova Schools - Carabayllo

observa el vídeo y luego responde las siguientes preguntas:






Puedes leer de tu libro la página 9 el texto sobre "el oficio del arqueólogo" para ampliar la información.
Resuelve en word e imprime tus respuestas.


1. ¿En qué consiste el trabajo del arqueólogo?
2. ¿Cuál es el objetivo de la arqueología?
3. ¿Cómo aporta en el proceso de reconstrucción histórica?
4. A partir de lo leído ¿Por qué la reconstrucción del pasado lejano es como armar un rompecabezas?

El Feudo


EL FEUDO
El feudo es el nombre con el que se designa a la tierra que el señor otorga al vasallo (noble de categoría inferior que se ponía bajo la protección de un noble de categoría superior, su señor feudal) en el contrato de vasallaje, como parte del beneficio que le debe a éste por el cumplimiento de sus obligaciones: auxilium et consilium (auxilio, o servicio militar y consejo o apoyo político). En el feudo trabajaban los campesinos libres y los siervos.
En el feudo se encontraban establecimientos por cuya utilización el señor cobraba contraprestaciones en metálico o en especie. Entre estos establecimientos se hallaban la panadería, la herrería, la taberna y el molino. También podían cobrarse por la explotación de un bosque, el uso de un río, y eventualmente su traslado a través de un puente, cuya utilización devengaba el "peaje" o pontazgo. Todas estas rentas constituían el monopolio del señor y se complementaban además con las que obtenía de su propio campo de cultivo o dominio, en el que trabajaban los siervos.
Aunque en origen el señor (por ejemplo, el rey) retenía la capacidad de retirar el feudo a su vasallo (por ejemplo, un conde), el feudo en la práctica se fue haciendo vitalicio y hereditario, pasando a convertirse en el patrimonio de una familia noble. El señor que lo da, y su vasallo noble que lo recibe, comparten de alguna manera algún tipo de derecho de dominio sobre el feudo (que podría llegar hasta la teórica reversión al señor en caso incumplimiento de la fidelidad debida, o de la liberación de toda obligación para el vasallo por parte del señor), del mismo modo que el señor y su siervo campesino también comparten el dominio sobre la tierra (dominio útil y dominio eminente).
El feudo como unidad económica:
La manera de explotar económicamente el feudo, en su manera "clásica", en los siglos de la Alta Edad Media, en que no había casi circulación monetaria y muy escasa comercialización de los excedentes, consistía en repartir la tierra en dos porciones: la reserva señorial y el manso. Cada manso era entregado a un campesino, que se encomendaba al señor (bien libremente o bien forzosamente), pasando a convertirse en su siervo. La condición jurídica del siervo no era de esclavo aunque tampoco era de libertad, puesto que estaba ligado a la tierra que trabajaba. Eso sí, disponía del producto de su manso, que cultivaba a su criterio y del que obtenía lo necesario para susubsistencia . Los días que fijara la costumbre (corvea en Francia, serna en Castilla) debía trabajar obligatoriamente en la reserva señorial. Ese trabajo excedente es la forma de obtener el excedente por parte del señor, que se beneficiará del producto de esa reserva.

La activación de la economía a lo largo de los siglos, sobre todo después del año 1000, que permite que haya circulación monetaria y el surgimiento de mercados, comarcales, urbanos y luego a larga distancia, harán que el modelo se altere, y se conviertan los pagos en trabajo en pagos en especie (fijos o porcentajes, como en la aparcería) o en dinero (renta feudal). Para el señor también eran multitud de derechos feudales que garantizaban que todo tipo de excedente le sea entregado (portazgos, peajes, derecho de molino, de taberna, de tienda, de explotación de bosques, caza y ríos...). La apropiación de impuestos teóricamente del rey (como la alcabala en Castilla) era también muy común de los señores, en la Baja Edad Media.