EL FEUDO
El feudo es el
nombre con el que se designa a la tierra que el señor otorga al vasallo (noble de
categoría inferior que se ponía bajo la protección de un noble de categoría
superior, su señor feudal) en el contrato de vasallaje, como parte del beneficio que le debe a éste por el
cumplimiento de sus obligaciones: auxilium et consilium (auxilio, o servicio militar y consejo
o apoyo político). En el feudo trabajaban los campesinos libres y los siervos.
En el
feudo se encontraban establecimientos por cuya utilización el señor cobraba
contraprestaciones en metálico o en especie. Entre estos establecimientos se
hallaban la panadería, la herrería, la taberna y el molino. También podían cobrarse
por la explotación de un bosque, el uso de un río, y eventualmente su traslado
a través de un puente, cuya utilización devengaba el "peaje" o
pontazgo. Todas estas rentas constituían el monopolio del señor y se
complementaban además con las que obtenía de su propio campo de cultivo o
dominio, en el que trabajaban los siervos.
Aunque en
origen el señor (por ejemplo, el rey) retenía la capacidad de retirar el feudo
a su vasallo (por ejemplo, un conde), el feudo en la práctica se fue haciendo
vitalicio y hereditario, pasando a convertirse en el patrimonio de una familia noble.
El señor que lo da, y su vasallo noble que lo recibe, comparten de alguna
manera algún tipo de derecho de dominio sobre el feudo (que
podría llegar hasta la teórica reversión al señor en caso incumplimiento de
la fidelidad debida, o de la liberación de toda obligación
para el vasallo por parte del señor), del mismo modo que el señor y su siervo
campesino también comparten el dominio sobre la tierra (dominio útil y dominio eminente).
El feudo como unidad económica:
La manera
de explotar económicamente el feudo, en su manera "clásica", en los
siglos de la Alta Edad Media, en que no había casi
circulación monetaria y muy escasa comercialización de los excedentes, consistía en repartir la
tierra en dos porciones: la reserva señorial y el manso. Cada manso era entregado
a un campesino, que se encomendaba al señor (bien
libremente o bien forzosamente), pasando a convertirse en su siervo. La condición jurídica del
siervo no era de esclavo aunque tampoco era de libertad, puesto que estaba
ligado a la tierra que trabajaba. Eso sí, disponía del producto de su manso,
que cultivaba a su criterio y del que obtenía lo necesario para susubsistencia . Los días que fijara
la costumbre (corvea en Francia, serna en Castilla) debía trabajar
obligatoriamente en la reserva señorial. Ese trabajo excedente es la forma de
obtener el excedente por parte del señor, que se beneficiará del producto de
esa reserva.
La
activación de la economía a lo largo de los siglos, sobre todo después del año
1000, que permite que haya circulación monetaria y el surgimiento de mercados, comarcales, urbanos y
luego a larga distancia, harán que el modelo se altere, y se conviertan los
pagos en trabajo en pagos en especie (fijos o porcentajes, como en la aparcería) o en dinero (renta feudal). Para el señor también
eran multitud de derechos feudales que garantizaban que todo tipo de excedente le
sea entregado (portazgos, peajes, derecho de molino, de taberna, de tienda, de
explotación de bosques, caza y ríos...). La apropiación de impuestos
teóricamente del rey (como la alcabala en Castilla) era
también muy común de los señores, en la Baja Edad Media.
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