jueves, 27 de mayo de 2010

Generaciòn de los derechos humanos


Para los alumnos del colegio San Marco

CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS:

En el estudio de los derechos humanos se han elaborado distintas clasificaciones, con el fin de determinar las características que corresponden a cada grupo. Los criterios que se han dado para las clasificaciones han sido de diferente índole, políticos, históricos.
Es de destacar que esta clasificación no está elaborada a partir del orden de importancia de los derechos humanos.

Según esta clasificación existen:

  • Derechos Civiles y Políticos, de la Primera Generación: Constituyen los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos internacionales. Están destinados a la protección del ser humano individualmente considerado, contra cualquier agresión de algún órgano público.
    Los derechos civiles y políticos pueden ser reclamados en todo momento y en cualquier lugar, salvo en aquellas circunstancias de emergencia que permiten el establecimiento de ciertas limitaciones de sólo algunas garantías.

Entre los derechos civiles y políticos podemos destacar:
- Derecho a la vida
- Derecho al honor
- Derecho a la libertad seguridad e integridad personal
- Derecho a la libertad de expresión
- Derecho a elegir y ser elegido
- Derecho a petición
- Derecho al libre tránsito

  • Derechos Económicos, Sociales y Culturales, forman la Segunda Generación: Tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, a la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos.
    Tal y como dice el Manual de Educación Popular en Derechos Humanos " no existen las condiciones económicas, sociales y culturales que garanticen el desarrollo de esos hombres y esos pueblos." Su reconocimiento en la historia de los derechos humanos fue posterior a la de los derechos civiles y políticos, de allí que también sean denominados derechos de la segunda generación.
    Se caracterizan porque requieren de la actuación del Estado para que los seres humanos puedan tener acceso a estos.
    Son derechos colectivos, porque los derechos económicos, sociales y culturales benefician a grupos de seres humanos, no a uno en particular. Como hemos afirmado, los derechos económicos, sociales y culturales, pueden exigirse al Estado en la medida de los recursos que efectivamente él tenga, pero esto no significa en modo alguno que el Estado puede utilizar como excusa para el cumplimiento de sus obligaciones, el no poseer recursos cuando en realidad dispone de ellos.

Entre los derechos económicos, sociales y culturales, podemos señalar:
- Derecho al trabajo
- Derecho a la educación
- Derecho a la salud
- Derecho a la protección y asistencia a los menores y a la familia
- Derecho a la vivienda

  • Derechos de los Pueblos, Tercera Generación: El contenido de estos derechos no está totalmente determinado, ellos al igual que los anteriormente nombrados han sido producto de cambios en la historia, se encuentran en proceso de definición.

Este grupo de derechos se encuentra constituido entre otros por:
- Derecho al desarrollo
- Derecho a la libre determinación de los pueblos
- Derecho al medio ambiente
- Derecho a la paz.

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